EL TRATO Y EL MALTRATO


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Al ver esta imagen, podemos darnos cuenta que las injusticias hacia las empleadas del hogar ocurren en muchas partes del mundo.

Entre las injusticias que viven nuestras servidoras domesticas, se destaca el mal trato que reciben en las casas donde trabajan.
Yo tuve la experiencia de trabajar en una casa y el trato que recibi fue realmente bueno. Ademas habia observado lo agradable que era el clima en la casa donde mi tia trabaja, en Chicago, Estados Unidos. La acompañe a diario durante dos meses durante las 8 horas de su labor diaria cuidando a una niña y limpiando la casa superficialmente y puedo asegurar que el trato que reciben las empleadas del hogar y niñeras en Estados Unidos es realmente bueno. A eso se suma una paga exelente que asciende a 600 dolares semanales por una jornada de 5 dias. Sus funciones eran especificas: cuidar de la niña y limpiar la casa superficialmente.
Si la dueña de casa deseaba que su ropa fuese lavada, lo hacia ella misma o la enviaba a una lavanderia. Lo mismo sucedia si deseaba hacer una reunion de amistades. En ese caso, cocinaba y atendia a las personas invitadas ella y no mi tia, pues no era su trabajo.
Sucedio luego que la señora de casa tuvo un segundo niño. Ello significo casi la duplicacion del sueldo de mi tia. La verdad, mi tia no firma contrato en su trabajo, pero realmente no es necesario en ese caso, pues existe la confianza del cumplimiento de cada trato y la consideracion real de la patrona.

Sigo con mi relato: habiendo tenido la experiencia propia en casa del aleman que me trato muy bien y la de mi tia, me arriesgue a aplicar a ese tipo de trabajo. Entonces revise el periodico e hice una llamada. Contesto una señora que me hizo varias preguntas sobre mi experiencia y otros datos. Pasaron asi 10 minutos, al cabo de los cuales le hice una pregunta sencilla y logica. Le pregunte por el lugar donde se ubicaba su casa, pero su respuesta fue " la que hace las preguntas aqui soy yo".... plop!... me quede callada y tuve una idea del trato al que me arriesgaria.

¿ Por que existe un sentimiento de superioridad en la patrona de la empleada domestica?; es habitual que el trato ofrecido por la patrona deje notar que ella es un ser humano superior que la trabajadora, a diferencia del trato que recibimos las profesoras o el que le dan a los abogados.

Las dueñas de casa suelen decir que deben guardar una distancia hacia la domestica para que ella no la trate con confianza e incluso para que la respete.

En todos los puestos de trabajo debe existir el respeto mutuo entre los trabajadores y el empleador, pero ello no significa que unos deban maltratar a los otros.
El respeto e incluso la subordinacion no suponen la perdida de valores morales en el jefe. Tanto el como sus trabajadores merecen un trato respetuoso, en el tono de voz usado, en el lenguaje, en el tipo de mensajes emitidos, en las ordenes dadas.
Siempre podemos decir nuestras ideas con amabilidad y merecmos lo mismo. Incluso en el caso de expresar una llamada de atencion o comunicar una idea desagradable para la trabajadora, la patrona puede y debe expresarse considerando la dignidad de su ama.

RECUERDA: EL BUEN TRATO ES UN DERECHO Y NO DEBES PERMITIR FALTAS DE RESPETO A TU PERSONA POR CONSERVAR UN PUESTO DE TRABAJO.

SI ALGUIEN TE MALTRATA EN CUALQUIER FORMA, TU DEBES MANIFESTAR TU DISCONFORMIDAD CON BUENAS MANERAS. PUEDES NEGARTE A OBEDECER ORDENES QUE ATENTAN CONTRA TUS DERECHOS O CONTRA TU TRABAJO.

TIENES UN TRABAJO DIGNO Y DEBES HACERTE RESPETAR. SI LOS MALOS TRATOS SON CONSTANTES, A PESAR DE TUS RECLAMOS, DEJA ESE TRABAJO Y HALLARAS OTRO MEJOR.

SOLO SI UN GRAN NUMERO DE EMPLEADAS DEL HOGAR EMPIEZAN A EXIGIR SUS DERECHOS, LA SITUACION CAMBIARA.

NUNCA TEMAS SI NO HICISTE ALGO MALO.
RECLAMAR TU IGUALDAD RESPECTO A TU CONDICION DE SER HUMANO NO ES MALO; SI TE DICEN "IGUALADA", RESPONDE QUE NADA DIFERENCIA A LOS SERES HUMANOS, EXEPTO EL DON DE GENTE Y LA SEGURIDAD DE QUIENES SOMOS QUE DEMOSTRAMOS .

Y
SI EL MALTRATO QUE TE DAN LLEGA A LOS GOLPES, NO DUDES EN DENUNCIAR LA SITUACION ANTE LAS AUTORIDADES COMPETENTES.

ESTAMOS PARA APOYARTE, ESCRIBEME Y TE ACOMPAÑAREMOS.

EL CONTRATO DE TRABAJO: UN DERECHO LABORAL QUE TE ASEGURA ANTE LA LEY

Entre los derechos laborales, el contrato de trabajo o contrato laboral es aquel que te asegura ante la ley para poder ejercer todos tus demas derechos.
Para tu seguridad, el contrato debe ser escrito, firmado por ti y por la empleadora o futura patrona.
Si tienes oportunidad de llevar el contrato a un notario y legalizarlo, estaras en mejores condiciones y asi, tu contrato adquirira mayor valor ante la justicia.

El contrato de trabajo se redacta conforme a lo conversado en la entrevista de trabajo, cuando te acercas a solicitar el empleo luego de ver el aviso.
Cuando tu y quien te contratara conversan por primera vez acerca de las condiciones en que trabajaras, debes preguntar e ir anotando por los siguientes datos:

- Fecha de inicio de tus labores.
- Fecha de tremino de tus labores.
- Horario de trabajo: dias y horas al dia.
- Dia o dias libres.
- Sueldo mensual o quincenal
- Fecha de pago (mensual o quincenal).
- Costo de las horas extra.
- Forma de pago: por recivos por honorarios o por planilla.
- Reconocimiento de vacaciones anuales pagadas.
- Funciones que desempeñaras por ese salario.
- Numero de personas que atenderas.
- Beneficios extra al sueldo: habitacion, pasajes y alimentacion.
- Jefe directo.

Todo eso debe ser presentado por la patrona en un papel firmado y legalizado. De lo contrario, tu puedes escribirlo, llevarlo a un notario para legalizarlo y solo luego que la patrona lo firme, tu lo firmaras.

Durante la entrevista, debes conversar con la empleadora sobre cada punto y proponer tus puntos de vista sobre lo justo. Pasaras a otro punto, solo si estas conforme con el acuerdo sobre el punto anterior.

Cuando llegues a un acuerdo que te convensa sobre todos los puntos, solo en ese momento puedes aceptar el trabajo y pasar a la redacion del contrato.

Como te dije, el documento debe estar redactado conforme a lo conversado y puedes escribirlo tu, sola o asesorada por alguien mas de tu confianza o, bien puede escribirlo la futura patrona o patron.

El contrato laboral es un derecho de todo trabajador y de toda trabajadora. No temas exigir tus derechos ni creas que estas sobrepasando la confianza que puedes tomar ante la empleadora.
Todos los trabajadores - incluyendo a tus patrones- hacen lo mismo cuando van por un empleo.

Si tu tienes un problema durante el ejercicio de tus labores, solo con un contrato escrito, firmado y legalizado podras acudir al Ministerio de Trabajo y Prmocion del Empleo ( MTPE)para denunciar la falta que sufres, solicitar tu liquidacion e incluso una indemnizacion, en caso de faltas mayores.

Si denuncias algo que no se cumple dentro de lo escrito en el contrato, el MiNISTERIO DE TRABAJO te apoyara y hara justicia, pero si no tienes un contrato, el ministerio no podra proceder.

EL CONTRATO ES LA UNICA PRUEBA QUE TIENES PARA EXIGIR TUS DERECHOS ANTE LA LEY CUANDO NO SE CUMPLEN O CUANDO COMETEN ATROPELLOS CONTRA TU PERSONA.


MODELO DE CONTRATO DE TRABAJO SUJETO A MODALIDAD POR
OBRA DETERMINADA O SERVICIO ESPECÍFICO

Conste por el presente documento el Contrato de Trabajo a plazo fijo bajo la
modalidad de (1) ………………..(Por ejemplo “
celebran al amparo del Art. 62º de la Ley de Productividad y Competitividad
Laboral aprobado por D. S. Nº 003-97-TR, y normas complementarias, de una
parte (2)……………….., con R.U.C. Nº …………………… y domicilio fiscal en
…………..........debidamente representada por (3)…………………….. Según
poder inscrito en la partida registral No…. Del Registro de Personas Jurídicas
de ……….. con D.N.I. Nº ………………, quien se desempeña como Gerente, a
quien en adelante se le denominará
(4)…………………… con D.N.I. Nº, domiciliado en ………………………., a
quien en adelante se le denominará
condiciones siguientes:
Obra Determinada”), queEL EMPLEADOR; y de la otra parteEL TRABAJADOR; en los términos y
PRIMERO: EL EMPLEADOR
requiere cubrir las necesidades de recursos humanos con el objeto de acelerar
el trabajo (6)
es una empresa dedicada a (5) ………….la cual(Ejemplo; de la construcción del edificio “EI Rey” ubicada en
……………………., obra que nos ha sido encargado por ……………………….
SEGUNDO:
modalidad de (7) …………..(en el caso materia de ejemplo sería: Obra
Determinada) los servicios de
de (8)……………….., en relación con el objeto señalado en la cláusula primera.
Por el presente documento EL EMPLEADOR contrata bajo laEL TRABAJADOR quien desempeñará el cargo
TERCERO:
tiempo que sea necesario), el mismo que regirá a partir del …. de …………….
del 200…, fecha en que
el …. de ……………. del 200… fecha en que terminará el contrato.
El presente contrato tiene un plazo de duración de …. meses (ElEL TRABAJADOR debe empezar sus labores, hasta
CUARTO: EL TRABAJADOR
meses, la misma que inicia el …. de ……………. del 200… y concluye el … de
……………. del 200…
Queda entendido que durante este período de prueba
rescindir el contrato sin expresión de causa.
estará sujeto a un período de prueba de tresEL EMPLEADOR puede
QUINTO: EL TRABAJADOR
lunes a ………….. de ……. horas a ………. horas.
observará el horario de trabajo siguiente: De
SEXTO: EL TRABAJADOR
de Trabajo, así como las contenidas en el Reglamento Interno de Trabajo y en
las demás normas laborales, y las que se impartan por necesidades del
servicio en ejercicio de las facultades de administración de la empresa, de
conformidad con el Art. 9º TUO del D. Leg. Nº 728 aprobado por D. S. Nº 003-
97-TR Ley de Productividad y Competitividad Laboral.
deberá cumplir con las normas propias del Centro
SÉTIMO: EL EMPLEADOR
como remuneración mensual, de la cual se deducirá las aportaciones y
descuentos por tributos establecidos en la ley que le resulten aplicables.
abonará al TRABAJADOR la cantidad de S/. …….
OCTAVO: EL EMPLEADOR
Libro de Planillas de Remuneraciones, así como poner en conocimiento de la
Autoridad Administrativa de Trabajo el presente contrato, para su conocimiento
y registro, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 73º del Texto Único
Ordenado del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad
Laboral, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-97-TR.
, se obliga a inscribir a EL TRABAJADOR en el
NOVENO:
aviso alguno adicional referente al término del presente contrato, operando su
extinción en la fecha de su vencimiento conforme la cláusula tercera,
oportunidad en la cual se abonara al TRABAJADOR los beneficios sociales que
le pudieran corresponder de acuerdo a ley.
Queda entendido que EL EMPLEADOR no está obligado a dar
DÉCIMO:
del D. Leg. Nº 728 aprobado por D. S. Nº 003-97-TR Ley de Productividad y
Competitividad Laboral, y demás normas legales que lo regulen o que sean
dictadas durante la vigencia del contrato.
Conforme con todas las cláusulas anteriores, firman las partes, por triplicado a
los …. días del mes de …………….. del año 200…
----------------------- -------------------------
EL EMPLEADOR EL TRABAJADOR
(1) Indicar si la Modalidad es de “Obra Determinada” o “Servicio Específico”,
según el caso
(2) Colocar nombre de la empresa
(3) Colocar el nombre del representante de la empresa
(4) Colocar el nombre del trabajador
(5) Colocar el Objeto Social de la empresa
(6) Indicar el motivo del por que se contrata
(7) Indicar si se trata de modalidad de Obra Determinada o Servicio
Específico, según el caso
(8) Indicar el cargo del trabajador
Este contrato queda sujeto a las disposiciones que contiene el TUO
NOTA: El contrato debe ser suscrito en 3 ejemplares originales, debiendo
registrarse ante la Autoridad Administrativa de Trabajo del MTPE,
quedando el empleador obligado a entregar al trabajador un ejemplar del
contrato dentro de los 3 días hábiles de su presentación a la Autoridad
Administrativa de Trabajo.

Si tus patrones te asignan mas trabajo del que señalaron en el contrato inicial, durante el ejercicio de tus labores, en el periodo señalado en tu contrato, ellos deben tratar contigo sobre tus nuevas funciones, el pago que recibiras por ello y ante tal situacion, deben formalizar la situacion en  un contrato semejante al que presentamos:

MODELO DE CONTRATO DE TRABAJO SUJETO A MODALIDAD POR
INICIO O INCREMENTO DE ACTIVIDAD
Conste por el presente documento el “
MODALIDAD POR (1)…………………………………….”
amparo del Art. 57º de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral
aprobado por D. S. Nº 003-97-TR y normas complementarias, de una parte
(2)………………., con RUC. Nº……….........con domicilio real en
…………..,debidamente representada por el señor (3)…………. con DNI.
Nº………………, según poder inscrito en la partida registral No……….del
Registro de Personas Jurídicas de ………., a quien en adelante se le
denominará
DNI. Nº……………….., domiciliado en………………a quien en adelante se le
denominará
CONTRATO DE TRABAJO SUJETO Aque celebran alEL EMPLEADOR; y de la otra parte don (4)…………………..; conEL TRABAJADOR; en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERO: EL EMPLEADOR
requiere cubrir de manera temporal las necesidades de recursos humanos
originados (6)
caramelos, productos qua serán fabricados y distribuidos por primera vez
en la empresa
es una empresa dedicada a (5)…………..la cualpor la compra de una nueva maquinaria de producción de.
SEGUNDO
TEMPORAL bajo la modalidad de (7)………………….., los servicios de
TRABAJADOR
con las causas objetivas señaladas en la cláusula anterior.
: Por el presente documento EL EMPLEADOR contrata de maneraELquien desempeñará el cargo de (8)………………, en relación
TERCERO
(Máximo tres años), y rige desde el…...del 200…, fecha en que debe empezar
sus labores
termina el contrato.
: El plazo de duración del presente contrato es de…………..EL TRABAJADOR hasta el….de…………..del 200…, fecha en que
CUARTO: EL TRABAJADOR
meses, la misma que inicia el …..de …………... del 200….y concluye
el……de……………..del 200…
Queda entendido que durante este período de prueba
resolver el contrato sin expresión de causa.
estará sujeto a un período de prueba de tresEL EMPLEADOR puede
QUINTO: EL TRABAJADOR
a……………. de……..horas a…………. horas.
cumplirá el horario de trabajo siguiente: De lunes
SEXTO: EL TRABAJADOR
de Trabajo, así como las contenidas en el Reglamento interno de Trabajo y en
las demás normas laborales, y las que se impartan por necesidades del
servicio en ejercicio de las facultades de administración de la empresa, de
conformidad con el Art. 9º de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral
aprobado por D. S. Nº 003-97-TR.
deberá cumplir con las normas propias del Centro
SETIMO: EL EMPLEADOR
S/……como remuneración mensual, de la cual se deducirá las aportaciones y
descuentos por tributos establecidos en la ley que le resulten de aplicación.
abonará a EL TRABAJADOR la cantidad de
OCTAVO: EL EMPLEADOR
Libro de Planillas de Remuneraciones, así como poner en conocimiento de la
Autoridad Administrativa de Trabajo el presente contrato, para su conocimiento
y registro, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 73º del Texto Único
Ordenado del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad
Laboral, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-97-TR.
, se obliga a inscribir a EL TRABAJADOR en el
NOVENO:
aviso alguno adicional referente al término del presente contrato, operando su
extinción en la fecha de su vencimiento conforme la cláusula tercera,
oportunidad en la cual se abonara al TRABAJADOR los beneficios sociales que
le pudieran corresponder de acuerdo a ley.
Queda entendido que EL EMPLEADOR no está obligado a dar
DÉCIMO:
del D. Leg. Nº 728 aprobado por D. S. Nº 003-97-TR Ley de Productividad y
Competitividad Laboral, y demás normas legales que lo regulen o que sean
dictadas durante la vigencia del contrato.
Como muestra de conformidad con todas las cláusulas del presente contrato
firman las partes, por triplicado a los……días del mes de…………..del año
200…
Este contrato queda sujeto a las disposiciones que contiene el TUO
----------------------- --------------------------
EL EMPLEADOR EL TRABAJADOR
(1) Se debe colocar por “Inicio de Actividad” o “Incremento de Actividad”,
según el caso
(2) Colocar nombre de la empresa
(3) Colocar el nombre del representante de la empresa
(4) Colocar el nombre del trabajador
(5) Colocar el Objeto Social de la empresa
(6) Indicar el motivo del por que se contrata
(7) Indicar la Modalidad si es por Inicio o por incremento de Actividad.
(8) Indicar el cargo del trabajador
NOTA: El contrato debe ser suscrito en 3 ejemplares originales, debiendo
registrarse ante la Autoridad Administrativa de Trabajo del MTPE,
quedando el empleador obligado a entregar al trabajador un ejemplar del
contrato dentro de los 3 días hábiles de su presentación a la Autoridad
Administrativa de Trabajo.





JOVEN PROVINCIANA

REQUISITOS PARA APLICAR A UN EMPLEO

Cuando revisamos los CLASIFICADOS del Comercio o cualquier otro diario, nos encontramos conque los avisos que ofertan puestos de trabajo señalan los requisitos o caracteristicas que la postulante debe cumplir. Eso es totalmente usual y aceptable, pues hay puestos que requieren cierta capacitacion.

Pero al leer los avisos referentes a la oferta de empleo para el servicio domestico, es habitual encontrate con el requisito " JOVEN PROVINCIANA".

Cuando te encuentras con ese requisito, el empleador esta cometiendo discriminacion, pues si no eres ni joven ni nacida fuera de Lima Metropolitana, entonces no tienes oportunidad de ese trabajo.

La ley señala que los empeladores no pueden cometer discriminacion por razones de raza, religion, belleza fisica, origen, etc. y tales avisos muestran una abierta discriminacion.

Pero el trasfondo del requisito "JOVEN PROVINCIANA" incurre en el atropello de mas de un derecho; esconde la intencion de explotar a la trabajadora y remunerarla con menos dinero que a una capitalina, debido a que tenemos la idea de que las personas de zonas rurales son muy inocentes y no conocen sus derechos ni se atreveran a discutir sobre sus condiciones de trabajo con la patrona.

Mientras mas joven la postulante, menos sera el dinero que le satisfaga; incluso se suele aceptar menores de edad entre 12 y 17 años que trabajan por un salario risible. La justificacion de la patrona suele ser que le esta dando el empleo que de otra forma no conseguiria por ser menor de edad.

Sinembargo, debes saber que el Ministerio de Trabajo y promocion del empleo tiene un regimen especial para el trabajo de los menores de edad. Una menor de edad puede trabajar con permiso de sus padres y conocimiento de la ley, bajo ciertas condiciones.

ANTES DE ACEPTAR UN TRABAJO DONDE TE EXPLOTARAN POR SER MENOR DE EDAD, CONOCE TUS DERECHOS DE MENOR DE EDAD EN EL MINISTERIO DE TRABAJO.

NO PERMITAS QUE TE DISCRIMINEN: DENUNCIEMOS LA DISCRIMINACION DE LOS EMPLEADORES QUE SOLICITAN JOVENES PROVINCIANAS EXCLUSIVAMANTE.


SI ERES MUY JOVEN, ASESORATE POR UNA PERSONA PREPARADA PARA NEGOCIAR CON LA EMPLEADORA.









CONOCE CUANTO DEBES COBRAR POR TUS SERVICIOS SEGUN LA LEY

 
SALARIO MINIMO PARA EL SERVICIO DOMESTICO
SALARIO MINIMO PARA EL SERVICIO DOMESTICO

SERVICIO DOMESTICO: AUMENTO DE SUELDO NOVIEMBRE 2010[Image]21/11/2010 ACTUALIDAD El gobierno nacional publicó la nueva tabla de salarios para las empleadas domésticas. El aumento representa un 23% del sueldo.Cabe destacar que es el primer aumento que el personal de servicio doméstico recibe desde el año 2009. El aumento rige a partir del 12 de Noviembre de 2010.De ésta manera, se eleva a $12,63 el valor hora, y en 12,55 la hora de excedencia.Los nuevos valores establecidos desde el 12 de noviembre son los siguientes:Primera categoría:(Personal con retiro 8 hs.) (Institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses) (Personal sin retiro) $2.037,77. (Institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses) $2.271,44. Segunda categoría:(Personal con retiro 8 hs.) (cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares) $1.891,17. (Personal sin retiro) (cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares) $2.107,43. Tercera categoría:(cocinero/ra, mucamos/as, niñeras en general auxiliares para todo trabajo, 4 ayudantes/as, caseros y jardineras) $1.847,63. Cuarta categoría:(aprendices en general de 16 a 17 años de edad) $ 1657,50. Quinta categoría:(personal con retiro que trabaja diariamente). 8 horas diarias $1.657,50. por hora $12,63. Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarias $828,75. “Hora de excedencia” $12,55.
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borrador
18:17:00de Fiorella Rodrich

El Rincón de las Empleadas Domésticas: El Rincón de las Empleadas Domésticas: "TODO SERVICIO"

El Rincón de las Empleadas Domésticas, CAMA ADENTRO, EMPLEADAS DEL HOGAR, DERECHOS LABORALES DE LA TRABAJADORA DEL HOGAR: "TODO SERVICIO"

El Rincón de las Empleadas Domésticas: "TODO SERVICIO"

El Rincón de las Empleadas Domésticas: "TODO SERVICIO"

TIENES DERECHO A RECHAZAR EL UNIFORME

MULTARÁN CON S/. 1,980 POR OBLIGAR A TRABAJADORAS DEL HOGAR A UTILIZAR UNIFORME EN LUGARES PÚBLICOS.

Aquellos empleadores que obliguen a sus trabajadoras del hogar a utilizar uniforme fuera de la vivienda donde prestan servicios, incurren en un acto de discriminación, el cual puede merecer una multa de mil 980 nuevos soles, informó el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

El Decreto Supremo 004-2009-TR establece que no se puede condicionarse al empleado del hogar a usar uniforme, mandil, delantal o cualquier otra vestimenta identificatoria o distintivo en espacios o establecimientos públicos como parques, playas, restaurantes, hoteles, locales comerciales, clubes sociales y similares.

También podrían ser multados los responsables de establecimientos públicos y privados cuyos mecanismos, regulaciones, servicios o acciones tengan como finalidad o resultado la constitución de un acto discriminatorio contra las trabajadoras del hogar.

Durante todo el año, el MTPE realiza una serie de campañas de orientación y difusión de la legislación laboral relativa a las trabajadoras del hogar para evitar la vulneración de sus derechos.

También se brinda asesoría gratuita llamando al 0800-1-6872.

Desde el 2007 a la fecha, el MTPE emitió 96 órdenes de inspección laboral en Lima para verificar actos de discriminación laboral, directa o indirecta.

"TODO SERVICIO"

Es comun que los avisos clasificados del periodico que solicitan empleada domestica  indiquen entre los requisitos de la trabajadora la frase: " todo servicio".
Tambien es habitual que cuando tocamos un timbre donde dice " se busca empleda", conversemos con la patrona y nos diga que el trabajo es para "todo servicio".

¿ Es justo que una trabajadora sea contratada para todo servicio?...

Cuando una trabajadora es contratada para un determinado puesto, ella debe saber las funciones que debera cumplir y esto se estipula en un contrato de trabajo escrito, pero si te dicen que trabajaras para hacer todo servicio, no sabes que debes hacer para satisfacer al empleador o bien, debes hacer todo lo que te vayan indicando.

Lo mas comun es la segunda alternativa. En el Peru sucede que la trabajadora del hogar sobreentiende que "todo servicio" quiere decir: "todo lo que la patrona me ira indicando".

Es injusto ser contratada para hacer todo lo que una persona que te emplea te vaya indicando. Lo justo y correcto es que al conversar con la futura patrona, en una entrevista inicial, antes de firmar el contrato escrito, acuerdes con ella tus funciones. Eso te da la oportunidad de saber que labores son parte del puesto por el que seras contratada y asi evitaras que te sorprendan con "nuevas obligaciones" que te asignen sin pago extra.

Cuando una trabajadora recibe las indicaciones de su jefe para cumplir una nueva funcion, ella esta en el derecho de recibir el pago por esa nueva tarea.

Estoy segura que un contador no aceptaria la indicacion de hacer el soporte tecnico o limpiar los baños de su jefe, porque el firmo un contrato que decia lo que debia hacer como cumplimiento de su trabajo.

Ese contador puede conversar con el jefe de la nueva funcion indicada y sobre el pago que le haran por ese servicio extra y si esta de acuerdo, esta en el derecho de firmar un nuevo contrato, que no invalida el anterior.

Ahora sabes que:

- Nunca debes aceptar un trabajo para "todo servicio" sin que te aclaren antes de empezar a trabajar que quiere decir eso.

- Tienes derecho a recibir una explicacion sobre los quehaceres que son parte de tu trabajo antes de aceptar el empleo.

- Tienes derecho a decir cuanto te parece justo que te paguen, segun las funciones o servicios que cumpliras.

- Tienes derecho a que se señalen tus funciones por escrito en un contrato firmado por ti y por la empleadora.

- Tienes derecho a negarte a cumplir nuevas funciones, esto es, indicaciones que no se te dieron en la conversacion inicial o entrevista.

- Tienes derecho a un pago extra por nuevas funciones que se te asignen durante el cumplimiento de tus labores, en el periodo que indica tu contrato.
Por ejemplo, si fuiste contratada desde el 2 de mayo hasta el 2 de noviembre, no puedes recibir nuevas ordenes para hacer nuevas labores sin pago extra en junio.

- Si se presenta una nueva necesidad para la patrona, como atender un hijo recien nacido o a la abuelita que llego a pasar las vacaciones, debes negociar el pago de esa nueva funcion. No es tu obligacion hacer esas nuevas labores solo porque te lo indica la patrona.

NUNCA ACEPTES UN TRABAJO SI NO HAY UN CONTRATO QUE SEÑALA TUS TAREAS POR ESCRITO.

"CAMA ADENTRO"

La mayoria de empleadas del hogar trabajan "cama adentro".
Los avisos que solicitan servicio domestico señalan o exigen que el trabajo sera realizado "cama adentro".

Si la postulante al empleo no desea trabajar cama adentro, entonces no acede al puesto.

¿ Que significa trabajar cama adentro?: quiere decir que al aceptar el trabajo debes dormir en la casa donde trabajas, despertar a las 5 o 6 de la mañana, trabajar por lo general 16 horas o mas cada dia , 6 veces por semana y dormir cuando los patrones ya no te necesiten.

Ademas, significa que te ofreceran una cama plegable que puedes desplegar para dormir en algun rincon de la casa o en una habitacion poco decorosa.

y,

finalmente, quier decir que parte de tu sueldo es la habitacion o cama que te dan.

¿ es justo eso?

¿ tu lo pediste?

Preguntale a tu patrona si aceptaria un trabajo de 16 horas diarias como contadora o administradora "cama adentro"....

TIENES DERECHO A UN SUELDO INDEPENDIENTE DE LA CAMA QUE TE DAN Y
SI TRABAJAS CAMA ADENTRO, DEBES RECIBIR UNA HABITACION DECOROSA, UN COLCHON ORTOPEDICO.

¿ NO ES MEJOR QUE TE PAGUEN LO QUE MERECES Y PAGAR TU HABITACION CON ESE DINERO?

TIENES DERECHO A NEGOCIARLO CON TU EMPLEADORA.




PIENSA ANTES DE DAR TU VOTO



Queridas amas asalariadas:

todas sabemos que el proximo 10 de abril debemos dar credito mediante nuestro voto a uno de los candidatos presidenciales; concentremonos en estos.

¿ por que elegir a un candidato?

- porque esta de nuestro lado
- porque esta de lado de los trabajadores asalariados en general.

tu eres una servidora del hogar y debes cuidar tus intereses. Ademas eres una trabajadora que recibe un salario o sueldo a cambio de su trabajo.

consejo: revisa el indice de los planes de gobierno de cada candidato que tiene opcion, esto es, que tiene chance segun las encuestas a nivel del pais

luego, fijate en el indice del plan de gobierno y lee la pagina donde aparecen tus intereses.

Si te conviene un candidato porque mejorara tu situacion de empleada domestica y este tiene chance para ganar, vota por el.

Recomendaciones para selecionar a los congresistas:

segun las conversaciones que los postulantes han tenido en la tv. y considerando sus antecedentes, solo 2 candidatos te convienen porque tratan los temas: derechos laborales del trabajador asalariado y derechos de las trabajadoras del hogar. Estos son:

- Nicolas Lynch del partido humalista

y

- Javier Diezcanseco, tambien de las filas de Ollanta Humala.

              Antes de darles credito, corrobora lo que te digo.

                             Lima, 24 de marzo del 2011